martes, 18 de agosto de 2009

ALIMENTAR POBRES NO ES BUEN NEGOCIO



A la hora de paliar la desnutrición, el gobierno porteño se resiste a cumplir con una ley que había votado la propia Legislatura hace más de diez años. Ni siquiera la intervención de un tribunal con una primera sentencia, el respaldo de otro con idéntica sentencia en segunda instancia y la confirmación del Tribunal Superior de Justicia de la ciudad lograron modificar la estrategia del gobierno para que, en lugar de esgrimir argumentos que justifiquen la falta de cumplimiento, se decida a elaborar el mapa nutricional urbano a partir del cual, de acuerdo con la ley 105, debería planificar y aplicar sus políticas. La demanda, iniciada en 2006 por el Movimiento por el Derecho a la Alimentación –que por entonces actuaba bajo el nombre de Foro de Salud y Medio Ambiente de la Ciudad–, ya fue avalada por el máximo tribunal del distrito, y sin embargo el gobierno sigue negándose a acatar la orden de cumplir con sus propias leyes. Entre tanto, los datos que el Movimiento recaba hablan de un crecimiento sostenido del déficit alimentario: los porteños menores de 19 años y con malnutrición habían pasado de 1630 a 2500 entre 2003 y 2005; eran al menos 2453 en 2006 de acuerdo con el Ministerio de Salud de la ciudad. Se estima que entre esa fecha y ahora, ese índice siguió elevándose.


“Siempre hubo una total negación, los distintos gobiernos sólo se preocuparon por interponer todos los mecanismos procesales habidos y por haber, pero para no cumplir con la ley”, resumió a Página/12 Laura Iseas, abogada de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) que, como parte del Movimiento por el Derecho a la Alimentación, tramita la causa iniciada en 2006. El pedido se sirvió, en realidad, de un argumento mediador: se amparó en el derecho de acceso a la información para pedir acceso a los datos del mapa nutricional de la ciudad que, de acuerdo con la ley 105 (sancionada el 19 de noviembre de 1988 y publicada en el Boletín Oficial el 5 de enero del año siguiente), debía confeccionar el Estado porteño a fin de cumplir con el “Programa de Estudio y Evaluación de los Servicios de Asistencia Alimentaria y Nutricional a la Población en Situación Vulnerable o Crítica”. El “mapa nutricional” debía fungir como “herramienta para el desarrollo de una política social coordinada”. En los papeles, y de manera coherente con la Constitución porteña, la misma ley impone al gobierno la obligación de saber en qué campo ha de aplicar políticas, para cuya propuesta y planificación, hipotéticamente, ha de conocer las características y necesidades de la población.


Pero lejos de recurrir a la herramienta que el propio cuerpo legislativo supo darle en los albores de la independencia del distrito, el Estado local sólo opuso resistencia. “La ley lo que hace es crear, de una manera interdisciplinaria, con la participación de todos los ministerios, el de Salud, Educación, Desarrollo Social, todos, una estrategia para nuclear las políticas públicas en relación con los temas de alimentación. Lo que busca es que las políticas se elaboren en base a datos ciertos, bien relevados. Por eso el texto plantea que se debe crear un mapa de la situación nutricional de la ciudad, y que no tenía que ser como una foto sino estar actualizándose constantemente. Ese mapa, además, cada dos meses debía ser remitido a la Legislatura, para que quedara constancia de cómo iban modificándose los datos”, detalla Iseas para aclarar el mecanismo de la ley que nunca se usó. La sentencia de primera instancia fue favorable a la intención de lograr que la norma cobrara vida. “Ordenaba que el gobierno diera cumplimiento con lo que establecía la ley, esto es, con la confección de ese mapa nutricional, y que lo remitiera bimestralmente a la Legislatura. Pero ahí empezó la seguidilla de argucias procesales: el gobierno fue cambiando de estrategias y pasó desde decir que no lo tenía porque no estaba obligado a crearlo hasta presentar un informe hecho alguna vez por una subsecretaria de Desarrollo Social y dar con eso por cumplida la sentencia y lo que pide la ley...”


Esa primera sentencia (en la que el juez Guillermo Treacy obligaba al Estado a cumplir en un plazo de 60 días) fue apelada por el gobierno, y tuvo luego confirmación en segunda instancia (en la que Eduardo Russo y Mabel Daniele ampliaron el plazo de cumplimiento a 120 días), lo que llevó a una segunda apelación, y de allí al Tribunal Superior, que en estos días posiblemente declare fuera de tiempo esa apelación. “En la causa, a partir de haber trabajado con datos de hospitales públicos, demostramos que hay información que se puede recabar para diseñar las políticas públicas. Esta ley lo único que pretendía era que todos los ministerios manejaran la misma información para poder coordinar el trabajo vinculado a la nutrición. Lo más fácil hubiese sido hacer el mapa, pero en lugar de eso las distintas gestiones estuvieron tres años argumentando judicialmente para negarse a cumplir con una ley que está vigente”, resume Iseas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario