La Comisión Interamericana de DD.HH. elevó a la Corte de esa instancia el caso de los cinco chicos argentinos condenados a cadena perpetua. La demanda podría derivar en una pena al país. Reclaman cambios en la legislación.
Por Carlos Rodríguez
Por Carlos Rodríguez
Tras un largo trámite que se inició en abril de 2002, llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos una denuncia por la cual podría ser condenado el Estado argentino por haber sentenciado a prisión y reclusión perpetua a cinco chicos que tenían entre 16 y 17 años, en violación a la Convención sobre los Derechos del Niño. La Corte Interamericana recibió la causa elevada por la Comisión Inte- ramericana de Derechos Humanos (CIDH), que en noviembre del año pasado había emitido un informe de 75 carillas donde expuso, en detalle, los casos de César Alberto Mendoza, Lucas Matías Mendoza, Ricardo David Videla Fernández, Saúl Cristian Roldán Cajal y Claudio David Núñez. La CIDH concluyó que el Estado argentino “es responsable internacionalmente por mantener en vigencia un sistema de justicia de adolescentes que permite que éstos sean tratados al igual que los adultos infractores”. Por eso pidió a la Corte Interamericana que se expida, lo que podría derivar en una condena al Estado argentino.
El caso más grave es el de Videla Fernández, condenado a prisión perpetua el 28 de noviembre de 2002, por un tribunal de menores de Mendoza, cuando tenía 17 años. El chico se suicidó en prisión, a los 21, en junio de 2005, en la Penitenciaría provincial. Un interno vio a Ricardo David en su celda, parado sobre un banquito, con su cinturón al cuello. Le dijo: “Me voy a ahorcar porque no quiero estar más acá”. El joven había anunciado mucho antes su intención de quitarse la vida.
“El Estado provincial y el Nacional fueron notificados por la CIDH y han reconocido que están en falta, pero no han dado la respuesta necesaria, que es la de aprobar en el Parlamento una ley que deje sin efecto la posibilidad de que la Justicia dicte penas de prisión o de reclusión perpetua a menores de 18 años”, le dijo a Página/12 el abogado mendocino Fernando Peñaloza. El letrado, que llevó a la CIDH el caso de Videla Fernández, señaló que “en el informe de fondo, que se dio a conocer en noviembre, el organismo dejó constancia de que la muerte de Ricardo David no fue debidamente investigada y por eso debe responder el Estado”.
A los casos elevados a la CIDH se sumó el del chico Diego Arce, condenado a prisión perpetua a los 17 años. “El caso Arce debería ser contemplado y tener la misma solución: que se revoque la condena a perpetua, aunque su caso no haya sido presentado formalmente ante la CIDH”. Arce tiene hoy 27 años. Hace diez que está preso, ahora en el penal de Almafuerte, junto con Roldán Cajal. En ese penal se han registrado intentos de suicidio de presos y denuncias por torturas y malos tratos. Claudia Cesaroni, del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (Cepoc), recordó que Lucas Mendoza y Claudio Núñez fueron condenados en abril de 1999 por el Tribunal Oral de Menores 1 de la Capital Federal, en plena ofensiva del entonces candidato a la gobernación bonaerense Carlos Ruckauf, quien proponía “meter bala a los delincuentes”.
El párrafo “a” del artículo 37 de la Convención de los Derechos del Niño dice que “no se impondrá pena capital ni la de prisión perpetua sin posibilidad de excarcelación” a menores de 18 años. Los jueces que condenaron a Mendoza y Núñez aseguraron en su fallo que la pena impuesta “no se halla en pugna con disposición constitucional alguna” dado que los condenados tienen “la posibilidad de excarcelación” o de “acceder a la libertad condicional”, algo que ninguno ha logrado hasta el momento.
Los casos ahora llegaron a la Corte Interamericana. Tanto Cesaroni como Peñaloza, a la luz del informe “de fondo” emitido por la CIDH, descuentan que el Estado argentino “será condenado y estará obligado a cumplir lo que diga la Corte, como país sancionado”. Recordaron que Argentina es “el único país latinoamericano que tiene a menores de edad condenados a la pena máxima”. La denuncia fue llevada en 2002 a la CIDH por Peñaloza y por la defensora general de la Nación, Stella Maris Martínez.
La CIDH acusó a las autoridades judiciales argentinas por “desconocer los estándares internacionales” en materia de ley penal juvenil, “en particular, la privación de libertad únicamente como medida de último recurso y por el tiempo más breve que proceda, así como la obligación de asegurar una revisión periódica de la posibilidad de excarcelación”. La CIDH recalcó que hubo “restricciones en el caso de la revisión” en Casación, “lo que dio lugar a que no pudieran argumentar cuestiones de hecho y valoración probatoria”. Esto, según la CIDH, “consolidó la injusticia generada con la condena” a perpetua de los adolescentes.
La Comisión Interamericana resaltó, además, que “el caso se relaciona con una serie de violaciones ocurridas en el marco del cumplimiento de las condenas, bajo la custodia del Estado”. Precisó que “Ricardo David Videla Fernández y Saúl Cristian Roldán Cajal fueron sometidos a condiciones de detención incompatibles con su dignidad humana” en la Penitenciaría de Mendoza, donde el primero de ellos falleció.
El chico padecía “problemas de salud mental, sin que el Estado adoptara medidas razonables para prevenir su muerte”. Lucas Mendoza “perdió la visión, sin que el Estado le hubiera otorgado tratamiento médico”, y otros dos chicos, “fueron víctimas de actos de tortura que tampoco fueron investigados de manera adecuada”.
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El caso más grave es el de Videla Fernández, condenado a prisión perpetua el 28 de noviembre de 2002, por un tribunal de menores de Mendoza, cuando tenía 17 años. El chico se suicidó en prisión, a los 21, en junio de 2005, en la Penitenciaría provincial. Un interno vio a Ricardo David en su celda, parado sobre un banquito, con su cinturón al cuello. Le dijo: “Me voy a ahorcar porque no quiero estar más acá”. El joven había anunciado mucho antes su intención de quitarse la vida.
“El Estado provincial y el Nacional fueron notificados por la CIDH y han reconocido que están en falta, pero no han dado la respuesta necesaria, que es la de aprobar en el Parlamento una ley que deje sin efecto la posibilidad de que la Justicia dicte penas de prisión o de reclusión perpetua a menores de 18 años”, le dijo a Página/12 el abogado mendocino Fernando Peñaloza. El letrado, que llevó a la CIDH el caso de Videla Fernández, señaló que “en el informe de fondo, que se dio a conocer en noviembre, el organismo dejó constancia de que la muerte de Ricardo David no fue debidamente investigada y por eso debe responder el Estado”.
A los casos elevados a la CIDH se sumó el del chico Diego Arce, condenado a prisión perpetua a los 17 años. “El caso Arce debería ser contemplado y tener la misma solución: que se revoque la condena a perpetua, aunque su caso no haya sido presentado formalmente ante la CIDH”. Arce tiene hoy 27 años. Hace diez que está preso, ahora en el penal de Almafuerte, junto con Roldán Cajal. En ese penal se han registrado intentos de suicidio de presos y denuncias por torturas y malos tratos. Claudia Cesaroni, del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (Cepoc), recordó que Lucas Mendoza y Claudio Núñez fueron condenados en abril de 1999 por el Tribunal Oral de Menores 1 de la Capital Federal, en plena ofensiva del entonces candidato a la gobernación bonaerense Carlos Ruckauf, quien proponía “meter bala a los delincuentes”.
El párrafo “a” del artículo 37 de la Convención de los Derechos del Niño dice que “no se impondrá pena capital ni la de prisión perpetua sin posibilidad de excarcelación” a menores de 18 años. Los jueces que condenaron a Mendoza y Núñez aseguraron en su fallo que la pena impuesta “no se halla en pugna con disposición constitucional alguna” dado que los condenados tienen “la posibilidad de excarcelación” o de “acceder a la libertad condicional”, algo que ninguno ha logrado hasta el momento.
Los casos ahora llegaron a la Corte Interamericana. Tanto Cesaroni como Peñaloza, a la luz del informe “de fondo” emitido por la CIDH, descuentan que el Estado argentino “será condenado y estará obligado a cumplir lo que diga la Corte, como país sancionado”. Recordaron que Argentina es “el único país latinoamericano que tiene a menores de edad condenados a la pena máxima”. La denuncia fue llevada en 2002 a la CIDH por Peñaloza y por la defensora general de la Nación, Stella Maris Martínez.
La CIDH acusó a las autoridades judiciales argentinas por “desconocer los estándares internacionales” en materia de ley penal juvenil, “en particular, la privación de libertad únicamente como medida de último recurso y por el tiempo más breve que proceda, así como la obligación de asegurar una revisión periódica de la posibilidad de excarcelación”. La CIDH recalcó que hubo “restricciones en el caso de la revisión” en Casación, “lo que dio lugar a que no pudieran argumentar cuestiones de hecho y valoración probatoria”. Esto, según la CIDH, “consolidó la injusticia generada con la condena” a perpetua de los adolescentes.
La Comisión Interamericana resaltó, además, que “el caso se relaciona con una serie de violaciones ocurridas en el marco del cumplimiento de las condenas, bajo la custodia del Estado”. Precisó que “Ricardo David Videla Fernández y Saúl Cristian Roldán Cajal fueron sometidos a condiciones de detención incompatibles con su dignidad humana” en la Penitenciaría de Mendoza, donde el primero de ellos falleció.
El chico padecía “problemas de salud mental, sin que el Estado adoptara medidas razonables para prevenir su muerte”. Lucas Mendoza “perdió la visión, sin que el Estado le hubiera otorgado tratamiento médico”, y otros dos chicos, “fueron víctimas de actos de tortura que tampoco fueron investigados de manera adecuada”.
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