jueves, 14 de enero de 2010

ESCLAVOS DEL ALMA


Por Estela Barnes de Carlotto


A partir del reconocimiento de responsabilidad internacional por parte del Estado argentino, debido al fallo de la Corte Suprema de Justicia, conocido como Vázquez Ferrá, se abrió un proceso de solución amistosa entre las Abuelas y el Estado Nacional ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En ese marco, se propuso la sanción de una ley para facilitar la labor de Abuelas y, sobre todo, para unificar los distintos criterios de los magistrados que intervienen en la búsqueda de los más de 400 niños apropiados en dictadura cuya identidad aún no ha sido restituida.La presente ley de obtención de ADN es resultado del trabajo de equipos técnicos, encarado desde la búsqueda de consensos por medio de consultas con juristas y académicos de prestigio internacional.Esta ley implica el cumplimiento de un principio constitucional esencial en un sistema democrático consistente en que toda afectación del Estado de la esfera de derechos de las personas, en el marco de una investigación penal, debe estar regulada en una norma específica.A esto se refieren los ministros de la Corte Suprema Raúl Zaffaroni y Ricardo Lorenzetti en el fallo “Prieto I” cuando remarcaron que una medida de este tenor era de dudosa constitucionalidad pues no había una norma específica en el Código Procesal Penal que la respaldara. Este defecto legal podrá ser salvado ahora.Hasta ahora la obtención de ADN, incluso respecto de los imputados, se hacía de modo coactivo y sin regulación legal que le dé sustento, en violación de este principio constitucional, por lo que implica también un avance en el fortalecimiento de las garantías de las personas imputadas.Corresponderá entonces a los jueces ordenar la producción de esta medida, en el caso concreto, por medio de una resolución fundada en su necesidad, proporcionalidad y razonabilidad, dándole en primer lugar la oportunidad al posible nieto o nieta de aportar su sangre de forma voluntaria.En caso de negarse, el juez deberá recurrir a otros medios de obtención de ADN distintos a la injerencia personal, mal llamada extracción compulsiva. Tendrá herramientas legales respetuosas de los derechos de las personas intervinientes en una causa de esta magnitud para poder determinar si una persona es hija o hijo de personas detenidas desaparecidas.Para ello, el juez deberá agotar todos los medios alternativos de obtención de ADN, a través del secuestro de objetos que contengan material genético, como es un peine, un cepillo de dientes, una sábana o la prenda íntima de una persona, por medio del registro de una vivienda o la requisa personal.En el lejano e hipotético caso de que no se pueda, por ningún medio, garantizar la efectividad de la medida, el juez deberá merituar la posibilidad de una injerencia corporal. Esto implica que una medida como ésta sólo es admisible cuando resulte estrictamente necesaria para la averiguación de la verdad y cuando no existan otros medios que impliquen una afectación menor. Es decir, cuando fuera necesaria, razonable y proporcional, a fin de lograr esos objetivos: determinar si un joven o una joven es hijo de desaparecido.Esta solución de último recurso intenta dar respuesta a casos en los cuales se fraguaran los allanamientos o casos de jóvenes que se encuentran en el extranjero y sea de alta complejidad recabar su voluntad. Lo precedentemente consignado tiene la visión jurídica de la cuestión en juego de los beneficios o necesidades de esta necesaria ley.Desde el punto de vista de una lucha librada durante 32 años por Abuelas de Plaza de Mayo, basada en el amor puesto en la doble búsqueda de los hijos desaparecidos y los nietos robados dentro de un plan sistemático de robos de bebés durante la siniestra dictadura cívico-militar (1976-1983) significa el triunfo de la verdad, la justicia y la memoria. Batalla ganada a la dictadura.Rescatar a cada niño apropiado de su falsa identidad y devolverles el derecho inalienable a recuperar su nombre, su historia, su familia, significa hacerlos libres, a ellos y a su prole. No podemos sentir dignidad como pueblo si hay 400 jóvenes que siguen siendo esclavos y rehenes de la Historia y no agotamos todos los recursos legales y válidos para liberarlos.

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