viernes, 28 de junio de 2013

UN DICTAMEN CONTRA LA DISCRIMINACION

Gils Carbo se pronuncio a favor de la mujer que quiere ser colectivera y nadie la toma. Mirtha Sisnero se capacitó en Salta para manejar colectivos, pero ninguna empresa la contrata. El caso llegó a la Corte Suprema de la Nación. La procuradora general sostuvo que no le dan empleo por ser mujer. Y pidió que se tomaran medidas contra la segregación por género.
 

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 Por Mariana Carbajal
 
Las empresas de transporte público en la ciudad de Salta discriminan a una mujer al impedirle, por el solo hecho de ser mujer, estar al volante de sus colectivos. Así lo dictaminó la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, en una causa iniciada por Mirtha Sisnero, una mujer que desde 2008 busca que alguna de las siete empresas que tienen la concesión de la red de ómnibus de la capital provincial le permita trabajar en el oficio para el que se capacitó como cualquier chofer varón. Además, Gils Carbó instó a que se tomen medidas para contrarrestar la segregación por género y revertir los patrones socioculturales que la justifican. “Es un gran paso en esta lucha, que es muy larga”, resumió Sisnero, al conocer a través de este diario el dictamen a favor de su reclamo. La mujer completó todos los trámites reglamentarios exigidos, incluidos los cursos y exámenes necesarios para obtener la licencia para conducir transportes urbanos en la ciudad de Salta. Desde el 14 de marzo de 2008, cuenta además con el carnet que la habilita como chofer de transporte interurbano y de larga distancia. Pero aun así, nunca logró que la contrataran.
Con este dictamen de la procuradora, la Corte Suprema ya está en condiciones de pronunciarse sobre el caso. “Esperamos que la Corte se expida prontamente porque se trata de un hecho de discriminación laboral por género”, apuntó Natalia Buira, la defensora oficial civil de Salta y representante legal de Sisnero. Buira destacó que se trata de una causa relevante por sus implicancias en relación con la lucha por la equidad de género en el ámbito laboral en el país. En Salta no hay ninguna mujer colectivera. Pero además, el sector del transporte es, después de la construcción, el que cuenta con menor presencia femenina en la Argentina, según detalla el último informe sobre brechas de género en el trabajo del Centro de Estudios Mujeres y Trabajo de la CTA (que publicó Página/12 el 3 de marzo). A la vez, es uno de los oficios con salarios más altos. El 86 por ciento de quienes se desempeñan en esa actividad son varones. Y es muy probable que la mayoría del 14 por ciento de mujeres empleadas realice tareas administrativas y no esté al frente de un volante.
El caso de Sisnero llegó al máximo tribunal, luego de que la corte salteña considerara que no se había probado la discriminación por género que denuncia la mujer.
En su dictamen, Gils Carbó destacó que “la discriminación no sólo se produce cuando existen normas o políticas que excluyen a un determinado grupo, sino también por comportamientos que puedan tener efectos discriminatorios”. Y dio como ejemplo la declaración del titular de una de las empresas de transporte público, Ale Hnos. S.R.L., que surge de una nota de prensa: “Esto es Salta turística y las mujeres deberían demostrar sus artes culinarias, sostuvo el empresario, entre risas (...). Esas manos son para acariciar, no para estar llenas de callos”.
Para la procuradora, “es ineludible que las empresas demandadas adopten medidas adecuadas para equilibrar la desigualdad entre hombres y mujeres en la planta de choferes”. Entre tales medidas sugirió la realización de campañas y convocatorias dirigidas a las mujeres, el establecimiento de metas progresivas de incorporación de mujeres, el cupo femenino y la difusión de la sentencia. Además, añadió, “es necesario que desarrollen mecanismos de articulación con la Autoridad Metropolitana de Transporte –que depende de la provincia–, a los fines de implementar programas que faciliten la incorporación de la mujer, y para que sean identificados los requisitos de cada empresa para la incorporación de choferes, los mecanismos de convocatoria, los criterios de selección y las vacantes disponibles”.
En ese sentido, Gils Carbó precisó que “en estas actuaciones está en juego la determinación del alcance del derecho constitucional a la igualdad y a la no discriminación de las mujeres en el ámbito de la selección de personal para ocupar puestos de trabajo”.
Sisnero contó a Página/12 que ella nunca tomó el caso como un reclamo de género: “Lo que siempre quise fue un trabajo. Pero con la causa judicial aprendí muchas cosas sobre la discriminación hacia las mujeres”, explicó. Tiene 41 años, está divorciada y es madre de dos hijos de 19 y 16 años. Vive en la ciudad de Salta y se gana la vida con un maxikiosco. En 2007 pensó que convertirse en chofer de colectivos de líneas urbanas podía ser una buena alternativa laboral, por el sueldo que se paga. “El año pasado, el básico rondaba los doce mil pesos por una jornada de ocho horas de trabajo. En aquel momento, pensé que era un empleo que me permitía cuidar a mis hijos y ganar bien. Para equiparar ese salario las mujeres tenemos que tener varios trabajos. Acá en Salta, como en otras partes del país, las mujeres ganan menos que los varones teniendo la misma capacidad”, señaló. “Pensé que iba a ser fácil. Vi que era algo que podía hacer. Era un oficio. Me capacité. Aprendí a manejar colectivos. Saqué mi licencia profesional. Llené formularios. Presenté mi curriculum en las siete empresas que tienen la concesión de las líneas y nunca me llamaron”, recordó.
La procuradora señaló que la obligación de respetar, proteger y garantizar el derecho humano a la igualdad y a la no discriminación recae sobre todos los poderes del Estado, pero también sobre los particulares. “Y se extiende tanto respecto de aquellos casos en que la situación discriminatoria es el resultado de las acciones y omisiones de los poderes públicos, como cuando es el resultado del comportamiento de los particulares”, agregó. De todas formas, en este caso la defensora de Sisnero puntualizó que “hay una responsabilidad del gobierno provincial de Salta, que es el que controla y concesiona el servicio de transporte público, que nunca tomó medidas para modificar la situación de discriminación”.
El reclamo de Sisnero tiene el respaldo del Centro de Estudios Legales y Sociales, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), la Clínica de Interés Jurídico de la Universidad Nacional de Córdoba y el Comité de América latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (Cladem), entidades que se presentaron ante la Corte Suprema como amicus curiae.
 
Fuente: Pagina/12

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