domingo, 21 de noviembre de 2010

SERÁN 17 DÍAS EN EL AÑO


Cristina Kirchner firmó un decreto que pone en vigencia los nuevos feriados. Serán 17 en total, incluidos los dos “días puente”. Se suman los dos días de Carnaval. Y el Día de la Soberanía. Como este año cae sábado, se trasladará al lunes 22.


Finalmente, tal como anticipó este diario, Cristina Kirchner firmó el decreto 1584/10, que establece los nuevos feriados nacionales. Como el proyecto de ley enviado al Congreso aún no fue tratado –tiene dictamen a favor en la Cámara de Diputados–, la Presidenta decidió fijarlos por un decreto que perderá vigencia cuando se apruebe la ley. Así, rige desde ayer el nuevo esquema de feriados, que serán 15 en el año más los dos “días puente”, es decir 17 en total. Las nuevas jornadas festivas son los dos días de Carnaval –feriado que había sido derogado por el dictador Jorge Rafael Videla– y el Día de la Soberanía, que se celebra el 20 de noviembre. Este año, como cae sábado, será trasladado al lunes 22. En 2011, los dos días puente corresponderán a los viernes 25 de marzo y 9 de diciembre. Ayer, los murgueros festejaron el decreto dándole al parche en conferencia de prensa.

El 14 de septiembre pasado, la Presidenta presentó el proyecto de ley que envió a la Cámara de Diputados por el que se aumentaba la cantidad de feriados y se establecían los días puente, que no excederían de dos al año. Entre los nuevos feriados se estableció el 20 de noviembre como Día de la Soberanía, en conmemoración de la batalla de la Vuelta de Obligado. El proyecto fue presentado con antelación, pero, como señala el decreto 1584, la Cámara baja casi no sesionó desde esa fecha.


Por ese motivo, se decidió firmar el decreto para que aquellos interesados en organizar un viaje a un destino turístico para el fin de semana largo correspondiente al 20 a 22 de noviembre tuvieran tiempo de hacer sus preparativos. Otro motivo que impulsó el decreto es que, puesta en práctica la fórmula de los días puente, éstos deberán ser anunciados 50 días antes del fin de cada año, con lo que ya no dejaba tiempo al tratamiento del proyecto.


En concreto, el 1584 ratifica los feriados nacionales inamovibles ya existentes: 1º de enero (Año Nuevo); 24 de marzo (Día de la Memoria por la Verdad y la Justicia); 2 de abril (día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas); Viernes Santo (el año próximo cae 22 de abril); 1º de mayo (Día del Trabajador); 25 de mayo (Revolución de Mayo); 9 de julio (Día de la Independencia); 8 de diciembre (Inmaculada Concepción); 25 de diciembre (Navidad). A éstos agregó como inamovible el del 20 de junio (Día de la Bandera).


También dispuso que, el año próximo, el 17 de agosto (fallecimiento de San Martín) se cumpla el tercer lunes del mismo mes, 15 de agosto; el 12 de octubre (que a partir de ahora dejará de ser Día de la Raza para ser denominado Día del Respeto a la Diversidad Cultural), se cumplirá el segundo lunes de octubre, 10 de ese mes; y agregó como nuevo feriado el 20 de noviembre (como Día de la Soberanía, en conmemoración a la batalla de la Vuelta de Obligado, que tuvo lugar el 20 de noviembre de 1845, en una vuelta del río Paraná próxima a la actual San Pedro, en la que fue derrotada la armada anglo-francesa, la más poderosa del mundo en ese momento). Este año, el 20 cae sábado y el feriado se trasladará al lunes 22. El año próximo, el 20 será domingo, y el decreto erróneamente fija el cuarto lunes (28), lo que será corregido, según explicaron los voceros, en un próximo decreto o mediante la ley que hoy es proyecto.


A su vez, agrega los dos días de Carnaval, esto es lunes y martes, que habían sido derogados en 1976 por el dictador Jorge Rafael Videla, y que ningún gobierno hasta la fecha quiso reponer. Según cita el decreto, el Carnaval había sido instituido como feriado en 1956 y representa “una de las manifestaciones más genuinas de las diferentes culturas” del país, “fomenta la participación y transmisión de los valores que nos identifican”, y funciona como integrador social y cultural. El decreto además dispuso la creación de los feriados con fines turísticos y que tendrán lugar del siguiente modo: cuando los feriados nacionales coincidan con martes o jueves, se fijarán días feriados el lunes anterior o viernes posterior, respectivamente, con un máximo de dos por año. En caso de que ningún feriado nacional coincida con martes o jueves, el decreto establece que se fijarán dos feriados turísticos. Es decir, cada año habrá 17 días en los que no se trabajará. Las fechas de los puentes se fijarán por trienio.


El 1585/10 precisamente determina que el año próximo, los feriados “sandwich” serán el viernes 25 de marzo (después del Día de la Memoria) y el viernes 9 de diciembre (después del Día de la Virgen). En 2012 los puentes serán el 30 de abril y 24 de diciembre; y en 2013, 1º de abril y 21 de junio.


Después de la publicación del decreto, el sector turístico estaba de festejo. La Cámara Argentina de Turismo (CAT) ratificó su “decidido” apoyo a la medida dispuesta por la Presidenta y volvió a brindar su respaldo al nuevo ordenamiento en la materia. Al respecto, el presidente de la entidad, Juan Mirenna, opinó que “es de vital importancia para la actividad económica generada por el turismo contar no solo con la previsibilidad de la norma, sino también con la posibilidad que tendrán los habitantes de recorrer nuestro vasto y hermoso país en diversos momentos del año”.


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