Dos especialistas que analizan la realidad de las trabajadoras sexuales cuestionan los imaginarios construidos acerca del comercio sexual. Dicen que para ampliar derechos y combatir el proxenetismo la actividad debe ser regulada laboralmente. Polemizan con las posturas abolicionistas progresistas desde una mirada también progresista.
Por Francisco Yofre.
El impacto en el inconsciente colectivo de la visibilización mediática de casos de trata y rescate de víctimas secuestradas y prostituidas contra su voluntad ha sensibilizado a buena parte de la población sobre una realidad que obviamente hay que combatir. Sin embargo, desde algunos sectores señalan que la manera en que muchas veces se visibilizan esas situaciones tiende a distorsionar y confundir la percepción que se tiene de las mujeres que ejercen la prostitución y que no son víctimas de redes de trata. Esquivar la urgencia y la inmediatez del videograph de los programas informativos actualiza otro debate, que en realidad es un histórico debate feminista: ¿el ejercicio de la prostitución, en todos los casos es esclavitud sexual o se puede hablar de una actividad laboral? Esta última postura es la que sostienen desde Ammar CTA, el sindicato de meretrices que lucha por los derechos de las trabajadoras sexuales, y también la de dos investigadoras sociales, Carolina Justo von Lurzer y Cecilia Varela.
–¿Se puede considerar a la prostitución como un trabajo?
Cecilia Varela: –No creo que se pueda responder si es un trabajo per se. Sí hay mujeres que consideran e interpretan a la oferta de servicios sexuales como un trabajo. Se han organizado y plantean demandas de carácter laboral al Estado. Ésa es una primera cuestión desde la que habría que partir.
Carolina Justo von Lurzer: –En realidad es una pregunta que así planteada en abstracto no tiene una respuesta precisa. Tiene que ver con cómo las trabajadoras sexuales consideran la actividad que realizan. No sólo las mujeres organizadas consideran que es un trabajo, también lo estiman así quienes no están organizadas. Con contradicciones, claro, muchas veces diciendo: “Éste es mi trabajo pero me gustaría conseguir otro”. Ahí hay una cuestión con el significante trabajo que es bastante relativo y que tiene que ver con la coyuntura de cada mujer, es algo personal de cada una acerca de si lo ve como un trabajo o no. Lo que sí, en esta coyuntura de hoy, otorgar derechos laborales puede modificar sustancialmente sus condiciones de vida, lo cual obviamente no quiere decir que esto signifique destinarlas a ofrecer siempre servicios sexuales.
C.V.: –En esta sociedad atravesada por relaciones capitalistas, el trabajo es explotación. En ese sentido ofrecer servicios sexuales, en varios aspectos, no difiere de otros servicios donde también se compromete el cuerpo. Pero pareciera que existe una particularidad acerca de los usos de los cuerpos femeninos y cuando nos referimos a servicios sexuales se generan muchas dudas e interrogantes. Sin embargo, en otras actividades los cuerpos también son puestos en juego en intercambios mercantiles.
–¿Qué beneficios traería que el Estado comience a equiparar el ejercicio de la prostitución con el resto de las actividades laborales?
C.J.V.L.: –Lo primero es que podrían negociar sus condiciones de trabajo: seguridad social, salarios, sus posibilidades de elegir cómo y en qué situaciones desarrollar su actividad. Actualmente una mujer que ejerce la prostitución no puede acceder a un crédito para una vivienda ya que es plata negra, por dar sólo un ejemplo.
C.V.: –Ese marco regulatorio podría otorgarles algún tipo de protección frente a los abusos y discrecionalidad policial, lo que constituye el histórico problema de las mujeres que ofrecen sexo comercial. También ayudaría a generar formas asociativas entre ellas y no depender de proxenetas. En ese sentido, ayudaría incluso a evitar los casos de trata y explotación en su sentido más duro.
C.J.V.L.: –Hay cierto imaginario sobre cómo se produce el ingreso al mercado del sexo. Ese imaginario dice que siempre se produce porque hay un proxeneta o porque esa persona es víctima de una red de trata. No siempre es así, ni siquiera en la mayoría de las entrevistadas con las que hablamos. En muchos testimonios aparecen redes de pares, una amiga, una tía, una prima. Es mucho más heterogéneo de lo que se plantea. Hay mujeres que arrancaron con un proxeneta pero que se pudieron independizar. Otras que trabajaban en un boliche y luego pudieron ir a un departamento propio. Hay miles de trayectorias distintas. No todo es tan igual en el tiempo.
C.V.: –Es tan disímil la situación de las mujeres que la aplicación de un esquema rígido de víctima-victimario tal como se plantea desde la óptica penal no sirve en todos los casos y acarrea un alto costo para esas mujeres que no son víctimas de redes de trata y ejercen esa actividad en grados de autonomía relativa. Son esas mujeres las que padecen tanto el acoso policial como los allanamientos judiciales, en los que pierden sus efectos personales, dinero, teléfonos celulares que les permiten comunicarse con sus familias en sus países de origen, y quienes finalmente, ven coartada la posibilidad de ejercer libremente la actividad. También, está la cuestión de las trayectorias que varían en el tiempo y que el derecho penal ve de una manera congelada. Por ejemplo, tomemos un caso de una mujer que fue una de las primeras condenadas por delito de trata en nuestro país y que he entrevistado. Se trata de una mujer paraguaya que había logrado abandonar un prostíbulo en el cual las condiciones de trabajo eran muy malas y armar un propio emprendimiento con un socio. Sus ex compañeras habían decidido ir a trabajar con ella porque las condiciones de trabajo eran mucho mejores y también llegaban al lugar mujeres provenientes de su red de conocidas en su país de origen. En la medida en que el emprendimiento va creciendo ella pasa a ocupar tareas de supervisión. Bueno, lo paradójico del asunto es que si el allanamiento se hubiese realizado seis meses antes, esta mujer, lejos de ser condenada como tratante, hubiese pasado a engrosar la lista de las supuestas víctimas.
C.J.V.L.: El ingreso al mercado del sexo muchas veces funciona a través de conocidas. Son cuatro o cinco mujeres que deciden alquilar juntas y trabajar y compartir los gastos. Sin embargo, al estar sin regulación legal, en algún momento si no aportan a la caja policial muy probablemente alguna de ellas tenga una causa por proxenetismo, ya sea la que firmó el contrato de alquiler, o la de mayor edad. Ahí no hay un proxeneta. No hay una que explote y se lleve la plata de otras.
C.V.: –Muchas mujeres que se insertan en el mercado facilitan contactos dentro de su red de conocidas y parientas. Pero, por ese motivo, para el derecho penal se convierten en “reclutadoras” o realizan tareas de supervisión quedando convertidas en “regenteadoras”. El problema es que atender a esta problemática sólo desde el derecho penal reduce una trama compleja atravesada por distintas relaciones de desigualdad y subalternidad a un esquema simple de victimas y victimarios. Y la verdad es que muchas veces no funciona así. Por ejemplo, el 43% de los procesados por delitos de trata son mujeres, lo cual representa cuatro veces más que las mujeres con sentencias condenatorias en todos los delitos, según un informe del Inecip/Ufase (Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales/Unidad Fiscal de Asistencia en Secuestros Extorsivos y Trata). Respecto de esto, mi percepción es que no necesariamente lo que predominan son las grandes estructuras de crimen organizado. Son más bien microemprendimientos familiares, redes de ilegalidad más móviles, más pequeñas, con presencia de muchas mujeres y atravesadas por una división sexual de las tareas. Pero el dispositivo penal les asigna lugares rígidos como víctimas y victimarios, entendidos como sujetos portadores de intencionalidades precisas. En algún punto no le podemos pedir otra cosa al sistema penal, para eso está. Por eso hay que atender a los costos que pueden acarrear las intervenciones por esta única vía y sopesarlo con otros dispositivos y estrategias de intervención.
–¿Se puede considerar a la prostitución como un trabajo?
Cecilia Varela: –No creo que se pueda responder si es un trabajo per se. Sí hay mujeres que consideran e interpretan a la oferta de servicios sexuales como un trabajo. Se han organizado y plantean demandas de carácter laboral al Estado. Ésa es una primera cuestión desde la que habría que partir.
Carolina Justo von Lurzer: –En realidad es una pregunta que así planteada en abstracto no tiene una respuesta precisa. Tiene que ver con cómo las trabajadoras sexuales consideran la actividad que realizan. No sólo las mujeres organizadas consideran que es un trabajo, también lo estiman así quienes no están organizadas. Con contradicciones, claro, muchas veces diciendo: “Éste es mi trabajo pero me gustaría conseguir otro”. Ahí hay una cuestión con el significante trabajo que es bastante relativo y que tiene que ver con la coyuntura de cada mujer, es algo personal de cada una acerca de si lo ve como un trabajo o no. Lo que sí, en esta coyuntura de hoy, otorgar derechos laborales puede modificar sustancialmente sus condiciones de vida, lo cual obviamente no quiere decir que esto signifique destinarlas a ofrecer siempre servicios sexuales.
C.V.: –En esta sociedad atravesada por relaciones capitalistas, el trabajo es explotación. En ese sentido ofrecer servicios sexuales, en varios aspectos, no difiere de otros servicios donde también se compromete el cuerpo. Pero pareciera que existe una particularidad acerca de los usos de los cuerpos femeninos y cuando nos referimos a servicios sexuales se generan muchas dudas e interrogantes. Sin embargo, en otras actividades los cuerpos también son puestos en juego en intercambios mercantiles.
–¿Qué beneficios traería que el Estado comience a equiparar el ejercicio de la prostitución con el resto de las actividades laborales?
C.J.V.L.: –Lo primero es que podrían negociar sus condiciones de trabajo: seguridad social, salarios, sus posibilidades de elegir cómo y en qué situaciones desarrollar su actividad. Actualmente una mujer que ejerce la prostitución no puede acceder a un crédito para una vivienda ya que es plata negra, por dar sólo un ejemplo.
C.V.: –Ese marco regulatorio podría otorgarles algún tipo de protección frente a los abusos y discrecionalidad policial, lo que constituye el histórico problema de las mujeres que ofrecen sexo comercial. También ayudaría a generar formas asociativas entre ellas y no depender de proxenetas. En ese sentido, ayudaría incluso a evitar los casos de trata y explotación en su sentido más duro.
C.J.V.L.: –Hay cierto imaginario sobre cómo se produce el ingreso al mercado del sexo. Ese imaginario dice que siempre se produce porque hay un proxeneta o porque esa persona es víctima de una red de trata. No siempre es así, ni siquiera en la mayoría de las entrevistadas con las que hablamos. En muchos testimonios aparecen redes de pares, una amiga, una tía, una prima. Es mucho más heterogéneo de lo que se plantea. Hay mujeres que arrancaron con un proxeneta pero que se pudieron independizar. Otras que trabajaban en un boliche y luego pudieron ir a un departamento propio. Hay miles de trayectorias distintas. No todo es tan igual en el tiempo.
C.V.: –Es tan disímil la situación de las mujeres que la aplicación de un esquema rígido de víctima-victimario tal como se plantea desde la óptica penal no sirve en todos los casos y acarrea un alto costo para esas mujeres que no son víctimas de redes de trata y ejercen esa actividad en grados de autonomía relativa. Son esas mujeres las que padecen tanto el acoso policial como los allanamientos judiciales, en los que pierden sus efectos personales, dinero, teléfonos celulares que les permiten comunicarse con sus familias en sus países de origen, y quienes finalmente, ven coartada la posibilidad de ejercer libremente la actividad. También, está la cuestión de las trayectorias que varían en el tiempo y que el derecho penal ve de una manera congelada. Por ejemplo, tomemos un caso de una mujer que fue una de las primeras condenadas por delito de trata en nuestro país y que he entrevistado. Se trata de una mujer paraguaya que había logrado abandonar un prostíbulo en el cual las condiciones de trabajo eran muy malas y armar un propio emprendimiento con un socio. Sus ex compañeras habían decidido ir a trabajar con ella porque las condiciones de trabajo eran mucho mejores y también llegaban al lugar mujeres provenientes de su red de conocidas en su país de origen. En la medida en que el emprendimiento va creciendo ella pasa a ocupar tareas de supervisión. Bueno, lo paradójico del asunto es que si el allanamiento se hubiese realizado seis meses antes, esta mujer, lejos de ser condenada como tratante, hubiese pasado a engrosar la lista de las supuestas víctimas.
C.J.V.L.: El ingreso al mercado del sexo muchas veces funciona a través de conocidas. Son cuatro o cinco mujeres que deciden alquilar juntas y trabajar y compartir los gastos. Sin embargo, al estar sin regulación legal, en algún momento si no aportan a la caja policial muy probablemente alguna de ellas tenga una causa por proxenetismo, ya sea la que firmó el contrato de alquiler, o la de mayor edad. Ahí no hay un proxeneta. No hay una que explote y se lleve la plata de otras.
C.V.: –Muchas mujeres que se insertan en el mercado facilitan contactos dentro de su red de conocidas y parientas. Pero, por ese motivo, para el derecho penal se convierten en “reclutadoras” o realizan tareas de supervisión quedando convertidas en “regenteadoras”. El problema es que atender a esta problemática sólo desde el derecho penal reduce una trama compleja atravesada por distintas relaciones de desigualdad y subalternidad a un esquema simple de victimas y victimarios. Y la verdad es que muchas veces no funciona así. Por ejemplo, el 43% de los procesados por delitos de trata son mujeres, lo cual representa cuatro veces más que las mujeres con sentencias condenatorias en todos los delitos, según un informe del Inecip/Ufase (Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales/Unidad Fiscal de Asistencia en Secuestros Extorsivos y Trata). Respecto de esto, mi percepción es que no necesariamente lo que predominan son las grandes estructuras de crimen organizado. Son más bien microemprendimientos familiares, redes de ilegalidad más móviles, más pequeñas, con presencia de muchas mujeres y atravesadas por una división sexual de las tareas. Pero el dispositivo penal les asigna lugares rígidos como víctimas y victimarios, entendidos como sujetos portadores de intencionalidades precisas. En algún punto no le podemos pedir otra cosa al sistema penal, para eso está. Por eso hay que atender a los costos que pueden acarrear las intervenciones por esta única vía y sopesarlo con otros dispositivos y estrategias de intervención.
Recorrido. Carolina Justo von Lurzer comenzó a investigar y trabajar con mujeres que ejercen la prostitución en 1998. Es integrante del grupo de estudios sobre sexualidades del Instituto Gino Germani y doctora en Ciencias Sociales. Cecilia Varela es antropóloga y se acercó al mundo de las trabajadoras sexuales en el marco de una investigación sobre la implementación en los procesos penales de la ley de trata sancionada en 2008. Ambas son investigadoras del Conicet.
–Desde algunos sectores se señala que legalizar o darle un marco normativo laboral al ejercicio de la prostitución sería fortalecer la cosificación y mercantilización del cuerpo de la mujer, ya que se manipula ese cuerpo de acuerdo con la cantidad de dinero que pone el cliente. ¿Qué opinan ante esta postura?
C.J.V.L.: –También se da en el caso de una trabajadora doméstica donde existe una relación dada por el dinero que incide sobre qué tiene que hacer, dónde planchar, cómo cocinar, etc. Esa cosificación del cuerpo en función del poder adquisitivo se da en otros trabajos y cuánto más clandestinizados peor aún.
–¿Pero es asimilable un trabajo como las tareas domésticas con una actividad donde se consume el cuerpo, donde por el solo poder del dinero un cliente es amo y señor de un cuerpo?
C.J.V.L.: –Es que se trata de un servicio sexual. Hay diferentes actividades dentro del mundo de la prostitución. Así como hay diferentes servicios sexuales, también hay diferentes actividades como planchar o cocinar. No se vende el cuerpo sino que se ofrece un servicio sexual que involucra –mayormente pero no siempre ni necesariamente– el cuerpo.
–Sí, pero la relación sexual es una relación humana. ¿Se puede eso comercializar? ¿Se pueden comercializar las relaciones humanas como la amistad, la sexualidad, las relaciones sexuales? ¿Se pueden asimilar las relaciones humanas como relaciones laborales?
C.J.V.L.: Es que ese es uno de los núcleos del problema, de qué tipo de relación se habla cuando se establece un intercambio sexual comercial. Siempre aparece la comparación entre la vagina y la mano de la empleada doméstica o del albañil. Son relaciones laborales personales, tan personal como limpiar la casa de otra persona, sin embargo, al estar involucrada la sexualidad y en particular la genitalidad, las relaciones sexuales comerciales parecen comprometer más personalmente a los sujetos. En todo caso cabría poner a discusión los diversos modos en cómo los sujetos se vinculan con su sexualidad y su genitalidad. Respecto de la mercantilización de las relaciones humanas, vivimos en un mundo capitalista, esto es inevitable. De lo que se trata es de que en el marco de ese mundo capitalista, con la que una no está de acuerdo, se pueda sin embargo generar la mayor cantidad de marcos de derechos...
C.V.: –El punto es qué hacemos ahora, ya mismo, con esas personas que consideran que es un trabajo pero que no pueden acceder a los derechos mas elementales.
C.J.V.L.: –Ellas necesitan una respuesta a sus demandas tratando de que la relación de fuerzas sea un poco menos inequitativa.
–Pero en un mundo tan patriarcal, ¿con la legalización no se termina solidificando esa relación de poder desigual?
C.V.: –Es un mercado atravesado por desigualdades de género. No necesariamente porque esté la sexualidad implicada sino porque es un mercado generizado, es decir, en el que predominan las mujeres. Lo que se paga es por un servicio, no por una parte del cuerpo. Ellas venden un servicio, que involucra una parte del cuerpo sí, que es la genital, pero ellas no dejan de disponer de una parte de su cuerpo.
C.J.V.L.: –Lo interesante que tiene ese debate es que estamos acostumbrados a pensar que hay muchas formas de entender qué es lo que uno puede hacer con las manos, como el caso del trabajo doméstico. Pero no estamos acostumbrados a pensar relacionarnos con nuestra sexualidad y también con la genitalidad de modos diversos. Empezar a entender que la genitalidad no tiene que ver con nuestras emociones o nuestros afectos. Esas formas de vincularse con el sexo, con el cuerpo, de vincular el cuerpo con el dinero son múltiples. No hay una sóla forma que tenga un solo significado. Sino que para cada una de las personas tiene una significación diferente y depende de su trayectoria de vida.
C.V.: –El problema es cuando se intenta resolver el debate respecto del estatuto de la oferta de servicios sexuales desde el derecho penal. Son debates feministas importantes y de largo aliento, con posiciones encontradas, es saludable que se devuelvan al terreno de la política y la palabra y no tratar de cerrarlos a través de una determinada definición de un tipo penal.
C.J.V.L.: –Ahí hay algo muy contradictorio de ciertos feminismos. Cuando se intenta resolver la cuestión de los servicios sexuales desde el derecho penal lo que se hace es volver a poner a las mujeres bajo tutela, algo que justamente va en contra del proyecto emancipador propio del feminismo. La clave es que todos los cuerpos están cosificados y la prostitución también obviamente. No es que la prostitución cosifica y el resto de actividades no.
–Desde algunos sectores se señala que legalizar o darle un marco normativo laboral al ejercicio de la prostitución sería fortalecer la cosificación y mercantilización del cuerpo de la mujer, ya que se manipula ese cuerpo de acuerdo con la cantidad de dinero que pone el cliente. ¿Qué opinan ante esta postura?
C.J.V.L.: –También se da en el caso de una trabajadora doméstica donde existe una relación dada por el dinero que incide sobre qué tiene que hacer, dónde planchar, cómo cocinar, etc. Esa cosificación del cuerpo en función del poder adquisitivo se da en otros trabajos y cuánto más clandestinizados peor aún.
–¿Pero es asimilable un trabajo como las tareas domésticas con una actividad donde se consume el cuerpo, donde por el solo poder del dinero un cliente es amo y señor de un cuerpo?
C.J.V.L.: –Es que se trata de un servicio sexual. Hay diferentes actividades dentro del mundo de la prostitución. Así como hay diferentes servicios sexuales, también hay diferentes actividades como planchar o cocinar. No se vende el cuerpo sino que se ofrece un servicio sexual que involucra –mayormente pero no siempre ni necesariamente– el cuerpo.
–Sí, pero la relación sexual es una relación humana. ¿Se puede eso comercializar? ¿Se pueden comercializar las relaciones humanas como la amistad, la sexualidad, las relaciones sexuales? ¿Se pueden asimilar las relaciones humanas como relaciones laborales?
C.J.V.L.: Es que ese es uno de los núcleos del problema, de qué tipo de relación se habla cuando se establece un intercambio sexual comercial. Siempre aparece la comparación entre la vagina y la mano de la empleada doméstica o del albañil. Son relaciones laborales personales, tan personal como limpiar la casa de otra persona, sin embargo, al estar involucrada la sexualidad y en particular la genitalidad, las relaciones sexuales comerciales parecen comprometer más personalmente a los sujetos. En todo caso cabría poner a discusión los diversos modos en cómo los sujetos se vinculan con su sexualidad y su genitalidad. Respecto de la mercantilización de las relaciones humanas, vivimos en un mundo capitalista, esto es inevitable. De lo que se trata es de que en el marco de ese mundo capitalista, con la que una no está de acuerdo, se pueda sin embargo generar la mayor cantidad de marcos de derechos...
C.V.: –El punto es qué hacemos ahora, ya mismo, con esas personas que consideran que es un trabajo pero que no pueden acceder a los derechos mas elementales.
C.J.V.L.: –Ellas necesitan una respuesta a sus demandas tratando de que la relación de fuerzas sea un poco menos inequitativa.
–Pero en un mundo tan patriarcal, ¿con la legalización no se termina solidificando esa relación de poder desigual?
C.V.: –Es un mercado atravesado por desigualdades de género. No necesariamente porque esté la sexualidad implicada sino porque es un mercado generizado, es decir, en el que predominan las mujeres. Lo que se paga es por un servicio, no por una parte del cuerpo. Ellas venden un servicio, que involucra una parte del cuerpo sí, que es la genital, pero ellas no dejan de disponer de una parte de su cuerpo.
C.J.V.L.: –Lo interesante que tiene ese debate es que estamos acostumbrados a pensar que hay muchas formas de entender qué es lo que uno puede hacer con las manos, como el caso del trabajo doméstico. Pero no estamos acostumbrados a pensar relacionarnos con nuestra sexualidad y también con la genitalidad de modos diversos. Empezar a entender que la genitalidad no tiene que ver con nuestras emociones o nuestros afectos. Esas formas de vincularse con el sexo, con el cuerpo, de vincular el cuerpo con el dinero son múltiples. No hay una sóla forma que tenga un solo significado. Sino que para cada una de las personas tiene una significación diferente y depende de su trayectoria de vida.
C.V.: –El problema es cuando se intenta resolver el debate respecto del estatuto de la oferta de servicios sexuales desde el derecho penal. Son debates feministas importantes y de largo aliento, con posiciones encontradas, es saludable que se devuelvan al terreno de la política y la palabra y no tratar de cerrarlos a través de una determinada definición de un tipo penal.
C.J.V.L.: –Ahí hay algo muy contradictorio de ciertos feminismos. Cuando se intenta resolver la cuestión de los servicios sexuales desde el derecho penal lo que se hace es volver a poner a las mujeres bajo tutela, algo que justamente va en contra del proyecto emancipador propio del feminismo. La clave es que todos los cuerpos están cosificados y la prostitución también obviamente. No es que la prostitución cosifica y el resto de actividades no.
Un debate de derecha a izquierda. Acerca del ejercicio de la prostitución se han planteado cuatro posturas. Una de ellas es la prohibicionista, donde la prostituta es considerada una delincuente y la prostitución debe ser reprimida penalmente porque implica una ofensa a la moral y las buenas costumbres. Otra postura, llamada reglamentarista, sostiene que el Estado debe asumir el control de la actividad sin que esto implique su reconocimiento como trabajadoras sexuales. Sería el caso de la implementación de las zonas rojas. Una postura contradictoria, ya que es reglamentarista para una zona determinada de una ciudad pero prohibicionista, ya que en el resto de esa urbe no se puede ejercer la prostitución. La postura más difundida es la abolicionista, a la que nuestro país adhiere desde el marco normativo nacional pero que entra en contradicción con las normas prohibicionistas de los códigos contravencionales municipales que suelen penalizar la oferta sexual. Para la postura abolicionista, la prostitución no puede ser tomada como un trabajo sino como una situación penosa de la que se debe sacar a esa mujer que es víctima. La mirada legalista a la que adscriben Justo von Lurzer y Varela plantea que el ejercicio de la prostitución debe ser encuadrado dentro de las relaciones laborales clásicas para reclamar por sus derechos en tanto trabajadoras.
–¿Qué cuestionan ustedes de las posturas tradicionalmente llamadas abolicionistas?
C.V.: –Una cuestión es el ideario abolicionista, el horizonte de expectativas que abre, respecto de un mundo en el que las mujeres no intercambiarían sexo por dinero. Otra cuestión es cuando esa perspectiva se comienza a traducir en políticas públicas y en el sistema penal. Esto, muchas veces puede derivar en una suerte de prohibicionismo que tiene importantes consecuencias en la profundización de la clandestinización. Sobre un mercado sin regulación estatal alguna, arrojar al sistema punitivo como instrumento privilegiado es una forma de abordar la cuestión que es problemática.
C.J.V.L.: –Argentina es un país abolicionista porque adhirió a la Convención para la Represión de la Trata de Personas y Explotación de la Prostitución Ajena de 1949. Además, la coyuntura del debate está inclinada hacia una perspectiva abolicionista sobre todo a partir del impulso que tomaron las políticas para combatir la trata. Tomar medidas frente a esta cuestión es importante, el problema es que muchas veces se mezclan víctimas de trata con mujeres que ejercen la prostitución de manera autónoma. Al mismo tiempo, nuestro país tiene una enorme cantidad de normativas prohibicionistas.
C.V.: –La convención del ’49 fue firmada antes que las mujeres pudieran votar en la Argentina. Me parece que desde aquel momento en que el país asumió una postura abolicionista hasta el día de la fecha han pasado cosas como para reabrir ese debate. Las mujeres accedimos a derechos políticos y a la ampliación de otros tipos de derechos, se desarrollaron organizaciones de trabajadoras sexuales que formularon activamente demandas al Estado, es decir, ha corrido mucha agua debajo del puente y los actores políticos no son los mismos.
–¿Sirve la implementación de zonas rojas?
C.J.V.L.: –Creo que es una clara contradicción con el derecho más básico de desarrollar tu actividad laboral donde quieras. Históricamente existieron zonas de oferta sexual, donde siempre se ejerció la prostitución. Extirpar a esas mujeres de esos lugares e implantarlas en otros atenta contra las redes de sociabilidad que construyen entre pares y que muchas veces les da seguridad o relaciones de compañerismo, además de la guetización que eso implica.
–¿Hay puntos de consenso entre las posturas de Ammar CTA Nacional y ustedes respecto a las de Ammar Capital, que junto a otros colectivos plantea salidas abolicionistas?
C.V.: –Sí, claro. Todas acordamos en la necesaria derogación de los códigos contravencionales que penalizan la oferta de sexo en la vía publica. En unas jornadas recientes organizadas por la Defensoría General de la Ciudad también hubo consenso respecto de la posibilidad del armado de cooperativas. A ambas miradas nos une la preocupación acerca de cómo la herramienta punitiva termina penalizando a las mujeres que ofrecen sexo comercial más allá de cómo se identifican esas mujeres, si como mujeres en situación de prostitución o trabajadoras sexuales. Las dificultades para obtener créditos o garantías para alquileres, es otro de los problemas comunes. Creemos que sí, que hay muchos puntos comunes para avanzar en las demandas de derechos.
–¿Qué cuestionan ustedes de las posturas tradicionalmente llamadas abolicionistas?
C.V.: –Una cuestión es el ideario abolicionista, el horizonte de expectativas que abre, respecto de un mundo en el que las mujeres no intercambiarían sexo por dinero. Otra cuestión es cuando esa perspectiva se comienza a traducir en políticas públicas y en el sistema penal. Esto, muchas veces puede derivar en una suerte de prohibicionismo que tiene importantes consecuencias en la profundización de la clandestinización. Sobre un mercado sin regulación estatal alguna, arrojar al sistema punitivo como instrumento privilegiado es una forma de abordar la cuestión que es problemática.
C.J.V.L.: –Argentina es un país abolicionista porque adhirió a la Convención para la Represión de la Trata de Personas y Explotación de la Prostitución Ajena de 1949. Además, la coyuntura del debate está inclinada hacia una perspectiva abolicionista sobre todo a partir del impulso que tomaron las políticas para combatir la trata. Tomar medidas frente a esta cuestión es importante, el problema es que muchas veces se mezclan víctimas de trata con mujeres que ejercen la prostitución de manera autónoma. Al mismo tiempo, nuestro país tiene una enorme cantidad de normativas prohibicionistas.
C.V.: –La convención del ’49 fue firmada antes que las mujeres pudieran votar en la Argentina. Me parece que desde aquel momento en que el país asumió una postura abolicionista hasta el día de la fecha han pasado cosas como para reabrir ese debate. Las mujeres accedimos a derechos políticos y a la ampliación de otros tipos de derechos, se desarrollaron organizaciones de trabajadoras sexuales que formularon activamente demandas al Estado, es decir, ha corrido mucha agua debajo del puente y los actores políticos no son los mismos.
–¿Sirve la implementación de zonas rojas?
C.J.V.L.: –Creo que es una clara contradicción con el derecho más básico de desarrollar tu actividad laboral donde quieras. Históricamente existieron zonas de oferta sexual, donde siempre se ejerció la prostitución. Extirpar a esas mujeres de esos lugares e implantarlas en otros atenta contra las redes de sociabilidad que construyen entre pares y que muchas veces les da seguridad o relaciones de compañerismo, además de la guetización que eso implica.
–¿Hay puntos de consenso entre las posturas de Ammar CTA Nacional y ustedes respecto a las de Ammar Capital, que junto a otros colectivos plantea salidas abolicionistas?
C.V.: –Sí, claro. Todas acordamos en la necesaria derogación de los códigos contravencionales que penalizan la oferta de sexo en la vía publica. En unas jornadas recientes organizadas por la Defensoría General de la Ciudad también hubo consenso respecto de la posibilidad del armado de cooperativas. A ambas miradas nos une la preocupación acerca de cómo la herramienta punitiva termina penalizando a las mujeres que ofrecen sexo comercial más allá de cómo se identifican esas mujeres, si como mujeres en situación de prostitución o trabajadoras sexuales. Las dificultades para obtener créditos o garantías para alquileres, es otro de los problemas comunes. Creemos que sí, que hay muchos puntos comunes para avanzar en las demandas de derechos.
Fuente: Miradas al Sur
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